VISTOS: El memorial de recurso de casación de fs
Distrito: Chuquisaca
VISTOS: El memorial de recurso de casación de fs. 253 a 257, interpuesto por Carla Marianela Villalba Castro, en representación de la Empresa MEAVI SRL, impugnado el Auto de Vista Nº 178/2016 de 29 de marzo de 2016 cursante de fs. 245 a 248, pronunciado por la Sala Social Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso social de pago de beneficios y derechos laborales, seguido por Santiago Pérez Echalar, contra la Empresa recurrente
VISTOS: El memorial de recurso de casación de fs. 253 a 257, interpuesto por Carla Marianela Villalba Castro, en representación de la Empresa MEAVI SRL, impugnado el Auto de Vista Nº 178/2016 de 29 de marzo de 2016 cursante de fs. 245 a 248, pronunciado por la Sala Social Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso social de pago de beneficios y derechos laborales, seguido por Santiago Pérez Echalar, contra la Empresa recurrente
- Demandada: Empresa Constructora MEAVI S.R.L
- VISTOS: El memorial de recurso de casación de fs
- Que, por disposición del art
- En ese contexto, la Ley N° 719 de 6 de agosto de 2015, modificó la
- Dicho recurso, fue interpuesto por escrito dentro del término establecido por el art
- Asimismo, de la lectura del memorial del recurso de casación, se advierte que la empresa
- Por lo señalado, se concluye que el recurso de casación, tanto en la forma
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Pase a secretaría de la Sala para la prosecución del trámite correspondiente y espera de
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
