POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277. II del Código Procesal Civil y art. 42.I núm. 1 de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial, ADMITE el recurso de casación de fs. 171 a 172 vta., interpuesto por Alfredo Vásquez Antezana contra el Auto de Vista No. 19/2015 de 11 de septiembre, cursante a fs. 169, pronunciado por el entonces Juzgado de Partido Noveno en lo Civil y Comercial de Santa Cruz
- Partes: Terminal Bimodal c/ Alfredo Vásquez Antezana
- Proceso: Sumario sobre desalojo de local comercial
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandado, fue resuelto por Auto
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
