II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación
II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso de casación de fs. 631 a 637 y vta., se desprende que el recurrente describe una breve relación de los hechos, el contenido del Auto de Vista, cuestionando que los de instancia al momento de emitir sus fallos transgreden de manera flagrante el art. 490 del Código de Procedimiento Civil modificado por el art. 28.II de la Ley Nº 1760, refiriendo que, al haber confirmado el Auto de Vista la Sentencia incurrió en errónea interpretación y aplicación indebida de las causales 2), 3) y 4) del art. 549 del Código Civil, señalando cual si se tratase de un contrato o negocio jurídico regulado por los arts. 450, 452, 454, 586 de la citada norma legal. Así mismo acusa la errónea valoración de las pruebas vulnerando el art. 1485 del Código Civil, al referir que los actores no han pretendido la nulidad de actos jurídicos, sino lo que pretendieron fue la nulidad de actos de disposición de un bien inmueble que no era parte de su patrimonio del deudor ejecutado, faltando a la verdad y a los antecedentes del proceso, aspectos no considerados por el Tribunal de Alzada, argumentos suficientes para admitir el recurso de casación; deduciendo que el recurrente cumple con la exigencia establecida en el art 274.I num. 3) del Código Procesal Civil
De la revisión del recurso de casación de fs. 631 a 637 y vta., se desprende que el recurrente describe una breve relación de los hechos, el contenido del Auto de Vista, cuestionando que los de instancia al momento de emitir sus fallos transgreden de manera flagrante el art. 490 del Código de Procedimiento Civil modificado por el art. 28.II de la Ley Nº 1760, refiriendo que, al haber confirmado el Auto de Vista la Sentencia incurrió en errónea interpretación y aplicación indebida de las causales 2), 3) y 4) del art. 549 del Código Civil, señalando cual si se tratase de un contrato o negocio jurídico regulado por los arts. 450, 452, 454, 586 de la citada norma legal. Así mismo acusa la errónea valoración de las pruebas vulnerando el art. 1485 del Código Civil, al referir que los actores no han pretendido la nulidad de actos jurídicos, sino lo que pretendieron fue la nulidad de actos de disposición de un bien inmueble que no era parte de su patrimonio del deudor ejecutado, faltando a la verdad y a los antecedentes del proceso, aspectos no considerados por el Tribunal de Alzada, argumentos suficientes para admitir el recurso de casación; deduciendo que el recurrente cumple con la exigencia establecida en el art 274.I num. 3) del Código Procesal Civil
- Partes: Jacinto Navarro Calderón y Otra. c/ Mario Quiroga Saavedra y Otros
- II.1.- Del plazo de presentación y de la Resolución recurrible
- II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
- Regístrese, hágase saber.
