Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 y el art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 164 a 166, formulado por Víctor Pacajes Patzi y Felipa Huaycho de Pacajes a través de su representante legal Santos Condori Ichuta (co-demandantes), contra el Auto de Vista 404/2015 de 18 de diciembre, de fs. 150 a 151 y vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Fallo de primera instancia a su vez es recurrido de apelación por el Gobierno Autónomo
- II.1.- Del plazo de presentación y de la Resolución recurrible
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
- Regístrese, hágase saber.
