De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia No. 527/2015 de 30 de junio, cursante de fs. 79 a 81, que declaró probada la demanda, disponiendo, la exclusión como padre biológico a Julio Quispe Huanca, y sin efecto el reconocimiento efectuado por ante la oficialía de Registro Civil No. 20105016, y en ejecución de sentencia se libren las ejecutoriales correspondientes para su cumplimiento; resolución de primera instancia que al ser apelada por Josefa Mamani, fue resuelto por Auto de Vista No. 62/2016 de 22 de febrero, cursante de fs. 106 a 107, que confirmó la sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Josefa Mamani, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia No. 527/2015 de 30 de junio, cursante de fs. 79 a 81, que declaró probada la demanda, disponiendo, la exclusión como padre biológico a Julio Quispe Huanca, y sin efecto el reconocimiento efectuado por ante la oficialía de Registro Civil No. 20105016, y en ejecución de sentencia se libren las ejecutoriales correspondientes para su cumplimiento; resolución de primera instancia que al ser apelada por Josefa Mamani, fue resuelto por Auto de Vista No. 62/2016 de 22 de febrero, cursante de fs. 106 a 107, que confirmó la sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Josefa Mamani, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
- Expediente: LP-71-16-S
- Partes: Julio Quispe Huanca c/ Josefa Mamani y Maikol Quispe Mamani
- Proceso: Ordinario sobre exclusión de paternidad
- Distrito: La Paz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido de los recursos de casación
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
