POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 y el art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 247 a 250 y vta., formulado por Eustaquio Herrera Quispe (co-demandado), contra el Auto de Vista 149/2015 de 29 de septiembre, de fs. 233 a 234 y vta., pronunciado por el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial de El Alto
- Partes: Regina Roque Suntura y Otro. c/ Isaac Herrera Quispe y Otros
- II.1.- Del plazo de presentación y de la Resolución recurrible
- II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
- Regístrese, hágase saber.
