De la revisión del recurso de casación de fs
II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación.-
De la revisión del recurso de casación de fs. 135 a 137 vta., se desprende que los recurrentes describen una breve relación de los hechos, el contenido de la Resolución, cuestionando que el Tribunal de Alzada al momento de pronunciar el Auto de Vista incurre en la aplicación errónea de la Ley, es decir, dentro el Considerando II, aplica erróneamente el art.1297 del Código Civil y el art.19 del Código de Procedimiento Civil; acusando también la violación y aplicación indebida de los arts. 450 y 519 del Código Civil; sosteniendo que el Auto de Vista en el punto 3) del considerando II indicaría los presupuestos de la nulidad, sin embargo, lo que no se habría valorado, es respecto a la indefensión y el derecho al debido proceso, infringiendo los arts. 115 y 117 de la Constitución Política del Estado, argumentos suficientes para admitir el recurso de casación; deduciéndose que el recurrente cumple con la exigencia establecida en el art 274.I núm. 3) del Código Procesal Civil (Ley Nº 439)
De la revisión del recurso de casación de fs. 135 a 137 vta., se desprende que los recurrentes describen una breve relación de los hechos, el contenido de la Resolución, cuestionando que el Tribunal de Alzada al momento de pronunciar el Auto de Vista incurre en la aplicación errónea de la Ley, es decir, dentro el Considerando II, aplica erróneamente el art.1297 del Código Civil y el art.19 del Código de Procedimiento Civil; acusando también la violación y aplicación indebida de los arts. 450 y 519 del Código Civil; sosteniendo que el Auto de Vista en el punto 3) del considerando II indicaría los presupuestos de la nulidad, sin embargo, lo que no se habría valorado, es respecto a la indefensión y el derecho al debido proceso, infringiendo los arts. 115 y 117 de la Constitución Política del Estado, argumentos suficientes para admitir el recurso de casación; deduciéndose que el recurrente cumple con la exigencia establecida en el art 274.I núm. 3) del Código Procesal Civil (Ley Nº 439)
- Partes: Ramón Yujra Ticona y Otra. c/ Walter Rojas Chambi y Otra
- Distrito: La Paz
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista 17/2016 de fecha 05 de febrero de 2016, de fs
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
- Regístrese, hágase saber.
