POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial, y art. 277.II del Código Procesal Civil. ADMITE el recurso de casación de fs. 438 a 441, interpuesto por Walter Quispe Ojeda en representación de la menor Nicole Jaqueline Quispe Aguilar contra el Auto de Vista Nº 134/2016 de 21 de abril de 2016 cursante de fs. 433 y vta., pronunciado por La Sala Civil, Comercial y familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca
- Otros
- Proceso: Nulidad de contrato y cancelación de registro en Derechos Reales
- Distrito: Chuquisaca
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
