CONSIDERANDO II
Para su admisibilidad debe cumplir con los requisitos formales previstos en el 258 del Código de Procedimiento Civil (D.L. N° 12750 de 6 de agosto de 1975)
CONSIDERANDO II:
(Análisis de Admisibilidad del Recurso)
Que, conforme el timbre electrónico de recepción de fs. 252, consta que el presente recurso fue interpuesto en el plazo establecido por el art. 257 del CPC, ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista.
Asimismo, la empresa recurrente identifica el Auto de Vista impugnado y efectúa exposición de hecho y de derecho en el recurso de casación en el fondo, cita, las normas que considera vulneradas y explica claramente en qué consiste la violación
CONSIDERANDO II:
(Análisis de Admisibilidad del Recurso)
Que, conforme el timbre electrónico de recepción de fs. 252, consta que el presente recurso fue interpuesto en el plazo establecido por el art. 257 del CPC, ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista.
Asimismo, la empresa recurrente identifica el Auto de Vista impugnado y efectúa exposición de hecho y de derecho en el recurso de casación en el fondo, cita, las normas que considera vulneradas y explica claramente en qué consiste la violación
- Demandante: Servicio de Envasado de Bebidas SEASA S.A
- VISTOS: El recurso de casación (fs
- Al efecto, el nuevo Código Procesal Civil, Ley N° 439/2013, por mandato de la Ley
- Concordante, el art
- CONSIDERANDO II
- Por lo expuesto, considerándose cumplida a cabalidad la carga procesal explicitada en el art
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
