POR TANTO: La Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277.I del Código Procesal Civil, declara ADMISIBLE el recurso de casación de fs. 132 a 135, interpuesto por el Seguro Social Universitario, representado por Rafael Fernando Rivero Terán, impugnado el Auto de Vista Nº 149/2015 de 19 de octubre de 2015 cursante de fs. 121 a 122, y Auto Complementario y Enmienda de 12 de enero de 2016 de fs. 128, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
- VISTOS: El memorial de recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO I
- En ese contexto, la Ley N° 719 de 6 de agosto de 2015, modificó la
- Dicho recurso, fue interpuesto por escrito dentro del término establecido por el art
- Expresa con claridad y precisión, la Ley o leyes infringidas o violadas, erróneamente interpretadas, especificando
- Por lo señalado, se concluye que el recurso de casación, cumple las exigencias previstas
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Pase a secretaría de la Sala para la prosecución del trámite correspondiente y espera de
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
