POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el art. 277 y Disposición Transitoria Sexta del Nuevo Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación en el fondo de fs 85 a 86 de obrados, disponiéndose la prosecución de la causa y en espera de turno para sorteo
- Sucre, 11 de julio de 2016
- Distrito: Pando
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisando el recurso interpuesto por la institución demandada,
- Que, revisado el recurso formulado, se evidencia que fue presentado en tiempo hábil, además cumple
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- Regístrese, comuniqúese y cúmplase.
