CONSIDERANDO II: Que, en el presente proceso, habiendo sido revisado el recurso de casación en
CONSIDERANDO II: Que, en el presente proceso, habiendo sido revisado el recurso de casación en el fondo interpuesto por Cecilio Vargas Jerez, en su condición de Gerente General de la COSAALT, el mismo que fue planteado y concedido en vigencia plena del nuevo Código Procesal Civil, por lo que, en cumplimiento a su Disposición Transitoria Sexta, corresponde examinar el mismo a efectos de verificar si se cumplieron o no los requisitos previstos por ley
- Auto Supremo Nº 228/2016-A
- Expediente: SC-CA.SAII-TJA.277/2016
- Distrito: Tarija
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO I: Que, el Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado
- Que, al presente, estando en plena vigencia el Código Procesal Civil, Ley Nº 439, de
- Que, en mérito del análisis precedente, aplicando lo establecido en el art
- CONSIDERANDO II: Que, en el presente proceso, habiendo sido revisado el recurso de casación en
- Que, al efecto del recurso formulado, se verifica que el mismo fue planteado dentro del
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
