II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso de casación de fs. 103 a 105, interpuesto por Nair Patruni Vda. de Coitines, se desprende que en lo relevante denuncia sobre la excepción de prescripción aplicación indebida del art. 1503 y siguientes de Código Civil, asimismo en cuanto a la excepción de cosa juzgada denuncia que en franca violación del art. 1319 del Código Civil el Tribunal de Alzada en errónea interpretación ha concluido que se trata de identidad de personas, causa y objeto, entre un proceso de usucapión extraordinaria y otra de anulabilidad de contrato de compra venta, solicitando en definitiva casar el Auto de Vista impugnado y en el fondo declarar probada su demanda e improbada la reconvención; fundamentos estos que hacen admisible la consideración del recurso de casación, infiriéndose de consiguiente que la recurrente cumple con la exigencia establecida en el art. 274 parágrafo I numeral 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
- Derechos
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
