POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial y art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 316 a 321 vta., interpuesto por Elizabeth Sunagua Menacho contra el Auto de Vista Nº 80/2016 de 23 de mayo, cursante de fs. 305 a 310 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro
- Partes: Elizabeth Sunagua Menacho. c/ Severo Demetrio Carvallo
- Proceso: Ordinario sobre usucapión
- Distrito: Oruro
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
