VISTOS: El memorial de recurso de casación de fs
Distrito: La Paz
VISTOS: El memorial de recurso de casación de fs. 611 a 617, interpuesto por Diego Eduardo Blanco Araoz, en representación de la Sociedad AON BOLIVIA S.A. Corredores de Seguros, impugnado el Auto de Vista Nº 038/2016 de 13 de mayo, cursante de fs. 607 a 609, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral por pago de beneficios y otros, seguido por José Luis Contreras Cabezas, contra la sociedad recurrente
VISTOS: El memorial de recurso de casación de fs. 611 a 617, interpuesto por Diego Eduardo Blanco Araoz, en representación de la Sociedad AON BOLIVIA S.A. Corredores de Seguros, impugnado el Auto de Vista Nº 038/2016 de 13 de mayo, cursante de fs. 607 a 609, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral por pago de beneficios y otros, seguido por José Luis Contreras Cabezas, contra la sociedad recurrente
- Demandada: Corredores de Seguros AON BOLIVIA S.A
- VISTOS: El memorial de recurso de casación de fs
- Que, por disposición del art
- En ese contexto, la Ley N° 719 de 6 de agosto de 2015, modificó la
- CONSIDERANDO II
- Asimismo, de la lectura integral del memorial del recurso de casación, se advierte que la
- Por lo señalado, se concluye que el recurso de casación, cumple las exigencias previstas
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Pase a secretaría de la Sala para la prosecución del trámite correspondiente y espera de
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
