POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277.I del NCPC, ADMITE el recurso de casación en el fondo de fs. 133 a 134, interpuesto por Gastón Ugarte Fernández, en representación legal de la Asociación de Jubilados Ferroviarios de Oruro, contra el Auto de Vista Nº 52/2016, de 28 de abril
- Que por disposición del art
- Que, de la revisión del recurso de casación anotado, se evidencia que: su presentación se
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Pase a la secretaría de la Sala para la prosecución del trámite correspondiente y espera
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
