POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa
Que en el caso concreto, se asume que el recurso de casación de fs. 280, interpuesto por el representante legal del Sindicato de Trabajadores de Agua del Illimani, contra el Auto de Vista Nº 87/2015 y el Auto Nº 265/2015, de 18 de noviembre, el mismo hace referencia a una declaración realizada por el actor, en calidad de confesión, la que según la parte recurrente desvirtuaría la aplicación del art. 13 de la LGT, al caso concreto. En su petitorio, pide que este Tribunal case las resoluciones de segunda instancia y disponga el no pago de la indemnización.
Consiguientemente, dicho recurso de casación si cumple con los requisitos mínimos de procedencia previstos en los arts. 270. I, 272.I, 273 y 274 todos del Código Procesal Civil, aplicable al caso de autos.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa., Social y Administrativa Primera de este Tribunal Supremo de Justicia, con la previsión de la Disposición Transitoria Sexta y el art. 277.I del NCPC, se dispone la ADMISIÓN del recurso de casación en el fondo cursante a fs. 280, correspondiendo la prosecución de la causa y espera de turno para sorteo
Consiguientemente, dicho recurso de casación si cumple con los requisitos mínimos de procedencia previstos en los arts. 270. I, 272.I, 273 y 274 todos del Código Procesal Civil, aplicable al caso de autos.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa., Social y Administrativa Primera de este Tribunal Supremo de Justicia, con la previsión de la Disposición Transitoria Sexta y el art. 277.I del NCPC, se dispone la ADMISIÓN del recurso de casación en el fondo cursante a fs. 280, correspondiendo la prosecución de la causa y espera de turno para sorteo
- Que teniendo presente la generalidad con la cual se regulo el recurso de nulidad o
- Que por disposición expresa de la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015,
- Que en mérito a lo analizado y lo previsto en el art
- Que teniendo en cuenta la naturaleza procesal del recurso extraordinario de casación, el cual se
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
