CONSIDERANDO II: Que, en el presente proceso, habiendo sido revisado el recurso interpuesto por Lilian
CONSIDERANDO II: Que, en el presente proceso, habiendo sido revisado el recurso interpuesto por Lilian Roxana Davila Romero, fue planteado y admitido en vigencia plena del nuevo Código Procesal Civil, por lo que, en cumplimiento a su Disposición Transitoria Sexta, corresponde examinar el mismo a efectos de verificar si se cumplieron o no los requisitos previstos por ley
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.349/2016
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: Que, el Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado
- Que, al presente, estando en plena vigencia el Código Procesal Civil, Ley Nº 439 de
- Que, en mérito del análisis precedente, aplicando lo establecido en el art
- CONSIDERANDO II: Que, en el presente proceso, habiendo sido revisado el recurso interpuesto por Lilian
- Que, al efecto del recurso formulado, se verifica que el mismo fue planteado dentro del
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
