El primer párrafo del art
I. MOTIVO DE LA SOLICITUD
Al amparo de lo previsto en el art. 125 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y con base a lo previsto por el art. 180.II) de la Constitución Política del Esta (CPE) con relación al art. 25.2.C) de la Convención Americana sobre DDHH, el impetrante solicita la Explicación, Complementación y Enmienda del Auto Supremo 541/2006, pidiendo se explique los motivos por los que se desconoce la parte resolutiva y considerativa expresa de la Sentencia Constitucional Plurinacional 496/2013, en concreto en lo relativo a la salvedad respecto de los efectos de la concesión de la tutela decidida por el Tribunal de garantías el 16 de septiembre de 2011; es decir, lo tramitado en la causa desde ese momento (al ser de cumplimiento obligatorio e inmediato, según ordena el art. 129.V de la CPE), pero además la línea jurisprudencia sentada por la Sentencia Constitucional Plurinacional 554/2013-L de 28 de junio, que se encuentra en antecedentes.
II. ANÁLISIS Y RESOLUCIÓN DE LA SOLICITUD
El primer párrafo del art. 125 del Código de Procedimiento Penal (CPP), al hacer referencia a la explicación, complementación y enmienda, señala que: “El juez o tribunal de oficio podrá aclarar las expresiones oscuras, suplir alguna omisión o corregir cualquier error material o de hecho, contenidos en sus actuaciones y resoluciones, siempre que ello no importe una modificación esencial de las mismas” (las negrillas son añadidas), concediendo la citada norma la facultad a las partes de plantear una solicitud encaminada a ese fin, dentro del primer día hábil posterior a su notificación
- Por memorial presentado 25 de agosto del 2016, Jorge Córdova Serrudo solicita Explicación, Complementación y
- El primer párrafo del art
- En ese contexto, resulta menester señalar que: i) La explicación, tiene el objetivo de volver
- Conforme a los argumentos expresados, al no haberse identificado algún concepto oscuro que deba ser
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad al art
- Al otrosí 1º
- Al Otrosí 2º.- Por señalado
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
