I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación de fs. 416 a 418 vta., interpuesto por Zenón Vigabriel Gareca y Ana Victoria Muñoz de Vigabriel a través de su representante Lionel Magne Molina contra el Auto de Vista Nº 128/2016 de 31 de marzo, cursante de fs. 412 a 413, pronunciado por la Sala Civil Comercial Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario sobre reivindicación y resarcimiento de daños y perjuicios seguido por los recurrentes contra Jorge Linares Betancourt, Edgar Vargas Maceda, Sixto Cabezas Saavedra, Susana Saavedra Ruelas y Adolfo Sanchez Ortega, el Auto de fs. 430 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 134/2014 de 11 de agosto, cursante de fs. 298 a 302 vta., que declaró probada en parte la demanda en lo referente a la acción reivindicatoria, e improbada respecto a los daños y perjuicios, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva de la misma; Resolución de primera instancia que al ser apelada por el codemandado Jorge Linares Betancourt, así como por los demandantes, fue resuelto por Auto de Vista Nº 128/2016 de 31 de marzo, cursante de fs. 412 a 413, que anuló obrados hasta fs. 262 inclusive disponiéndose que el Juez de primera instancia regularice procedimiento conforme a lo que se habría expresado en dicho Auto; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Zenón Vigabriel Gareca y Ana Victoria Muñoz de Vigabriel a través de su representante Lionel Magne Molina, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
- Susana Saavedra Ruelas
- Proceso: Ordinario reivindicación y resarcimiento de daños y perjuicios
- Distrito: La Paz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
