Auto Supremo AS/0299/2016-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0299/2016-A

Fecha: 15-Sep-2016

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal

Que, con el Auto de Vista Nº 10 de 03 de febrero de 2016 de fs. 303 a 305, la Asociación de Ganaderos Norte – AGANORT, fue notificada el 29 de junio de 2016 conforme consta a fs. 307, interponiendo el recurso de casación el 05 de julio del mismo año, conforme consta del timbre electrónico cursante a fs. 314, en el plazo establecido por art. 14 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición, aprobado por Resolución Secretarial N° 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997, y de conformidad al art. 90 en sus parágrafos I, II y III del NCPC, aplicable con la permisibilidad establecida en el art. 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social (RCSS) y art. 15 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición, antes citado; lo que conlleva a determinar, que el recurso de casación, ha cumplido los requisitos exigidos en el art. 274 del NCPC, examen efectuado conforme el art. 277.I del mismo cuerpo legal, determinándose en consecuencia la admisibilidad del señalado recurso.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del 277.I del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación interpuesto por la Asociación de Ganaderos Norte – AGANORT, representada legalmente por Edwin Rojas Tordoya y Fernando Roca Arias, cursante a fs. 314 a 317 de actuados