Que, el SENASIR conforme a la diligencia de fs
CONSIDERANDO II:
(Análisis de Admisibilidad del Recurso)
Que, el SENASIR conforme a la diligencia de fs. 143 fue notificado con el Auto de Vista recurrido el 26 de julio de 2016, y el presente recurso de casación fue interpuesto, ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista, el 03 de agosto de 2016, es decir, en el plazo establecido por el art. 14 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición y conformidad al art. 14 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición y de conformidad al art. 90 parágrafos I, II y II del NCPC, aplicable con la permisibilidad establecida en el art. 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social (RCSS) y art. 15 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición
(Análisis de Admisibilidad del Recurso)
Que, el SENASIR conforme a la diligencia de fs. 143 fue notificado con el Auto de Vista recurrido el 26 de julio de 2016, y el presente recurso de casación fue interpuesto, ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista, el 03 de agosto de 2016, es decir, en el plazo establecido por el art. 14 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición y conformidad al art. 14 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición y de conformidad al art. 90 parágrafos I, II y II del NCPC, aplicable con la permisibilidad establecida en el art. 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social (RCSS) y art. 15 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo (fs
- Que, en la materia se tiene normativa adjetiva específica, el art
- Que, el SENASIR conforme a la diligencia de fs
- Asimismo, la entidad recurrente identifica el Auto de Vista recurrido y efectúa exposición de hecho
- Por lo expuesto, habiéndose observado la carga procesal explicitada en el art
- Regístrese notifíquese y cúmplase.
