POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia con la atribución contenida en el art. 277 y Disposición Transitoria Sexta del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de nulidad o casación en el fondo y en la firma de fs. 61 a 62 de obrados, disponiéndose la prosecución de la causa y en espera de turno para sorteo
- Sucre, 12 de septiembre de 2016
- Expediente: SC-CA.SAII-PDO. 378/2016
- Distrito: Pando
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que, el Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado
- Que al presente estando en plana vigencia el nuevo Código Procesal Civil, Ley N° 439
- Que en mérito del análisis precedente, aplicando lo establecido en el art
- CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisando el recurso interpuesto por interpuesto por José
- Que, al efecto del recurso formulado, se verifica que el mismo fue presentado dentro el
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- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
