Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0352/2016-A
Fecha: 27-Sep-2016
Distrito: La Paz
Distrito: La Paz
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Expediente: SC-CA.SAII-LP.401/2016
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Distrito: La Paz
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CONSIDERANDO I: Que, el Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado
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Que, sin embargo, estando en vigencia plena el Nuevo Código Procesal Civil, Ley N° 439
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Que, en mérito del análisis precedente, aplicando lo establecido en el art
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CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisado el recurso interpuesto por Judith Amparo Arancibia
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Que, revisado el recurso formulado, se evidencia que fue presentado dentro el plazo previsto por
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POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
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Regístrese, comuníquese y cúmplase.
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