De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
VISTOS: El recurso de casación de fs. 84 a 89, interpuesto por Alisson Martha Mayta Tola representado por Pastor Ticona Quispe contra el Auto de Vista Nº 69/2016 de 03 de marzo de 2016 cursante de fs. 82 a 83, pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justiciad de La Paz, en el proceso de División y partición de bien inmueble seguido por Alisson Martha Mayta Tola representado por Pastor Ticona Quispe contra Betty Isabel Mayta Tola, la concesión de fs. 92, los antecedentes del proceso, y;
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 486/2015 de fecha 09 de noviembre de 2015 cursante de fs. 61 a 62 vta., que declaró Improbada la demanda planteada por la parte actora, sobre división y partición de inmueble, con costas; resolución de primera instancia que al ser apelada por la parte actora, fue resuelto por Auto de Vista Nº 69/2016 de 03 de marzo de 2016 cursante de fs. 82 a 83 que confirma en forma total la Sentencia impugnada, con costas; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por la referida parte demandante, que es objeto de análisis de la presente resolución en relación a los requisitos de admisibilidad
- Betty Isabel Mayta
- Proceso: División y partición de bien inmueble
- Distrito: La Paz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.1.- Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
