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CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisado el recurso de casación interpuesto por Wilmer Sanjinés Lineo, en representación legal de Juan Edwin Mercado Claros, Director General Ejecutivo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto, fue presentado y admitido en vigencia plena del nuevo CPC, Ley Nº 439, por consiguiente, corresponde examinar el citado recurso a efectos de verificar si cumplen o no los requisitos previstos por ley
- Distrito: Cochabamba
- Que, al presente, en vigencia plena el nuevo Código Procesal Civil (CPC) Ley Nº
- Que, en mérito del análisis precedente, aplicando lo establecido en el art
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- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
