De la revisión del recurso de casación de fs
II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso de casación de fs. 2629 a 2633 y vta., interpuesto por Rosa Ana Reynolds Salinas de Ramos por sí y en representación de Mario Ramos Rosso, se desprende que en lo relevante acusa falta de motivación y fundamentación legal de la Resolución judicial de segunda instancia y violación e infracción del parág. I del art. 265 de la Ley 439, peticionando anular el Auto de Vista impugnado; fundamentos estos que hacen admisible la consideración del recurso de casación referido, infiriéndose de consiguiente que la parte recurrente cumple con la exigencia establecida por el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
De la revisión del recurso de casación de fs. 2629 a 2633 y vta., interpuesto por Rosa Ana Reynolds Salinas de Ramos por sí y en representación de Mario Ramos Rosso, se desprende que en lo relevante acusa falta de motivación y fundamentación legal de la Resolución judicial de segunda instancia y violación e infracción del parág. I del art. 265 de la Ley 439, peticionando anular el Auto de Vista impugnado; fundamentos estos que hacen admisible la consideración del recurso de casación referido, infiriéndose de consiguiente que la parte recurrente cumple con la exigencia establecida por el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
- Partes: Rosa Ana Reynolds Salinas de Ramos por sí y en representación de Mario Ramos
- Distrito: Chuquisaca
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.1.- Del plazo de presentación y de la Resolución recurrible
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
