POR TANTO
POR TANTO:
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del 277.I del NCPC; ADMITE el Recurso de Casación de fs. 4762 a 4763, interpuesto por Servicios Múltiples de Comercio y Construcciones S.M.C.V. S.R.L
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del 277.I del NCPC; ADMITE el Recurso de Casación de fs. 4762 a 4763, interpuesto por Servicios Múltiples de Comercio y Construcciones S.M.C.V. S.R.L
- CONSIDERANDO I
- Que, el art
- CONSIDERANDO II
- Por consiguiente, cumplidos los requisitos establecidos para la admisibilidad del recurso, procédase a la admisión
- POR TANTO
- Por consiguiente pase a secretaria para la prosecución del trámite correspondiente, y espera de turno
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
