POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
Por lo anotado, se concluye que el recurso cumple las exigencias previstas en el art. 274.I del NCPC.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 277.I del Código Procesal Civil ADMITE el Recurso de Casación interpuesto por la Mancomunidad de Municipios Chiquitanos, representada legalmente por Rómulo Renato Arandia Orellana de fs. 126 a 129 de obrados
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 277.I del Código Procesal Civil ADMITE el Recurso de Casación interpuesto por la Mancomunidad de Municipios Chiquitanos, representada legalmente por Rómulo Renato Arandia Orellana de fs. 126 a 129 de obrados
- VISTOS: El Recurso de Casación, interpuesto por la Mancomunidad de Municipios Chiquitanos, representado legalmente por
- CONSIDERANDO Que por disposición del art
- Que, del examen del recurso se constata que fue planteado en el plazo legal previsto
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Por secretaria procédase con el sorteo correspondiente de acuerdo al turno respectivo
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
