Asimismo, tanto la Empresa demandada como los actores identifican el Auto de Vista impugnado y
CONSIDERANDO II: (Análisis de Admisibilidad del Recurso)
Que, conforme a las diligencias de notificación de fs. 253 y fs. 260 y el timbre electrónico de recepción de fs. 255 y 264, los recursos fueron interpuestos en el plazo establecido por el art. 210 del Código Procesal Laboral ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista.
Asimismo, tanto la Empresa demandada como los actores identifican el Auto de Vista impugnado y efectúan de forma suficiente exposición de hecho y de derecho citando las normas que consideran violadas y exponen en qué consiste la violación
Que, conforme a las diligencias de notificación de fs. 253 y fs. 260 y el timbre electrónico de recepción de fs. 255 y 264, los recursos fueron interpuestos en el plazo establecido por el art. 210 del Código Procesal Laboral ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista.
Asimismo, tanto la Empresa demandada como los actores identifican el Auto de Vista impugnado y efectúan de forma suficiente exposición de hecho y de derecho citando las normas que consideran violadas y exponen en qué consiste la violación
- Demandados: Empresa Minera Jungie Mining Industry S.R.L
- VISTOS: Los Recursos de Casación de fs
- Los Recursos de Casación motivo de autos fueron presentados, el de la empresa demandada el
- Asimismo, tanto la Empresa demandada como los actores identifican el Auto de Vista impugnado y
- Regístrese comuníquese y cúmplase.
