POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42.I num. 1 de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 74 a 75 vta., interpuesto por Paula Castelho Branco Taseo contra el Auto de Vista de fecha 07 de julio de 2017, cursante a fs. 68 y vta., pronunciado por la Sala Tercera Civil, Familiar del Menor y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- Partes: Víctor Hugo Orellana Moreno c/ Paula Castelho Branco Taseo
- Proceso: Resolución de contrato
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
