De la revisión del recurso de casación de fs
II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación.-
De la revisión del recurso de casación de fs. 374 a 375 vta., deducido por José Luis Flores Tito, Dorys Isela Tito Baspineiro por sí y en representación de Juan Luis Flores Tito, se desprende que en lo más relevante, refieren que el Tribunal de Alzada a tiempo de pronunciar el Auto de Vista incurre en la violación del art. 145 del Código Procesal Civil; así como cuestionar la interpretación errónea de la Ley concretamente de los arts. 983 y 992 ambos del Código de Comercio; elementos estos que hacen admisible la consideración del recurso de casación referido, de consiguiente que los recurrentes cumplen con la exigencia establecida por el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
De la revisión del recurso de casación de fs. 374 a 375 vta., deducido por José Luis Flores Tito, Dorys Isela Tito Baspineiro por sí y en representación de Juan Luis Flores Tito, se desprende que en lo más relevante, refieren que el Tribunal de Alzada a tiempo de pronunciar el Auto de Vista incurre en la violación del art. 145 del Código Procesal Civil; así como cuestionar la interpretación errónea de la Ley concretamente de los arts. 983 y 992 ambos del Código de Comercio; elementos estos que hacen admisible la consideración del recurso de casación referido, de consiguiente que los recurrentes cumplen con la exigencia establecida por el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
- Partes: José Luis Flores Tito y otros
- Distrito: Chuquisaca
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- En el marco de lo preceptuado por el art
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
