POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa,
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la CPE, 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial y 277-II) del código Procesal Civil, ADMITE el Recurso De Casación interpuestos por el INE, impugnando el Auto de Vista de 9 de agosto de 2017, en consecuencia, pase obrados a Secretaria de Cámara a fin a fin del sorteo de magistrado relator por turno, según orden de llegada
- Que, el Código Procesal Civil, Ley Nº 439/2013 (aplicable en forma supletoria en materia social
- Que, de acuerdo a las condiciones formales previstas en el art
- Que, conforme a la diligencia de notificación de fs
- Por lo expuesto, considerándose cumplida de forma razonable la carga procesal explicitada en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa,
- Regístrese notifíquese y cúmplase.
