Que, con el Auto de Vista N° 31 de 15 de marzo
Que, con el Auto de Vista N° 31 de 15 de marzo de 2017 de fs. 237 a 239, la Industria de Madera y Derivados IMADE SRL., a través de sus representantes legales fueron notificados el 21 de agosto de 2017, conforme consta a fs. 240, interponiendo el Recurso De Casación el 31 de agosto del mismo 2017, conforme consta del timbre electrónico a fs. 243, en el plazo establecido por Ley, para el caso de autos, de conformidad al art. 210 del CPT y art. 90 en sus parágrafos I, II y III del CPC-2013, aplicable con la permisibilidad establecida en el art. 252 del CPT
- CONSIDERANDO I
- En esta materia se tiene una norma adjetiva específica, el
- CONSIDERANDO II
- Que, con el Auto de Vista N° 31 de 15 de marzo
- Por consiguiente, cumplidos los requisitos establecidos para la admisibilidad del recurso, procédase
- POR TANTO
- Por consiguiente pase a secretaria
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
