POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42.I num. 1 de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 261 a 271, interpuesto por Walter Antonio Kreidler Guillaux contra el Auto de Vista Nº 277/2017 de 24 de agosto, cursante de fs. 245 a 246 vta., y su Auto complementario a fs. 251, pronunciado por la Sala Primera Civil, Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- Partes: EXIMBOL S.R.L. c/ Walter Antonio Kreidler Guillaux
- Proceso: Cumplimiento de pago de servicios y otro
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II. 2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
