POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm., Social y Administrativa Primera de este Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la LOJ, y la disposición del art. 277-II del NCPC; ADMITE el Recurso de Casación de fs. 138, interpuesto por la Empresa de Servicios Industriales y Frigorífico y Alimentos SIFRA Ltda., representada por Delmer Ivan Navallo Caro, que impugna el Auto de Vista de 23 de agosto de 2017, de fs. 127 a 128, pronunciado por la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa cruz, en consecuencia, pase obrados a Secretaría de Cámara a fin del sorteo de magistrado relator por turno, según orden de llegada
- Expediente
- Demandante
- Que, el Código Procesal Civil, (aplicable en forma supletoria en materia social por previsión del
- Que, de acuerdo a las condiciones formales previstas en el art
- CONSIDERANDO II. (Análisis de Admisibilidad del Recurso)
- Que, conforme la diligencia de notificación de fs
- Por lo expuesto, considerándose cumplida la carga procesal explicitada en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
