POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 363 a 370 vta., formulado por Juan Carlos Chávez Atoyay contra el Auto de Vista Nº 312/2017 de 26 de octubre, que cursa de fs. 357 a 358, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca
- Partes: Kristian Paul George. c/ Juan Carlos Chávez Atoyay
- Proceso: Resolución de contrato por incumplimiento
- Distrito: Chuquisaca
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista de fs
- II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso que cursa de fs
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
