Auto Supremo AS/0018-1/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0018-1/2017

Fecha: 24-Feb-2017

Ahora bien, conforme anota el art

Ahora bien, conforme anota el art. 29 parágrafo II de la Ley N° 025, es inherente a la jurisdicción ordinaria impartir justicia en materia civil, comercial, familiar, niñez y adolescencia, tributaria, administrativa, trabajo y seguridad social, anticorrupción, penal y otras que señale la ley; no obstante, dicho cometido estará sujeto, entre otros, al principio de legalidad que refiere la sujeción de la autoridad judicial a la Constitución Política del Estado y a las leyes, no a la voluntad de las personas