Bajo tal premisa y toda vez que el Código Procesal del Trabajo no tiene instituido
Bajo tal premisa y toda vez que el Código Procesal del Trabajo no tiene instituido un sistema recursivo propio, el trámite del recurso de casación se tramita conforme las disposiciones expresas de la Ley Nº 439, en vigencia desde el 6 de febrero de 2016. Por tal razón se aplica la Disposición Transitoria Sexta de este cuerpo adjetivo civil, en “PROCESOS DE SEGUNDA INSTANCIA Y CASACIÓN”
- VISTOS: El recurso de Casación, interpuesto por Gobierno Autónomo Municipal de Cobija de fs
- Recurso concedido mediante Auto Interlocutorio Nº 25/2017 de 1 de febrero 2017 a fs
- Que en materia laboral, conforme al art
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- Este Tribunal, respetando la referida norma, ingresa a considerar si en la presente causa se
- Que del memorial de fs
- La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- Firmado
