De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
VISTOS: El recurso de casación de fs. 515 a 518., interpuesto por Hans Peter Byren Johansson a través de su representante Oscar Castro contra el Auto de Vista Nº 142/2016 de 29 de septiembre, cursante de fs. 506 a 509 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, en el proceso ordinario sobre usucapión extraordinario seguido por el recurrente contra Rosa Arce Vargas, el Auto de fs. 529 que concede el recurso, los antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que, tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 64/2015 de 5 de octubre, cursante de fs. 473 a 477 vta., que declaró sin lugar a la demanda; Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandado, fue resuelto por Auto de Vista No. 142/2016 de 29 de septiembre, cursante de fs. 506 a 509 vta., que confirmó totalmente la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Hans Peter Byren Johansson a través de su representante Oscar Castro, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que, tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 64/2015 de 5 de octubre, cursante de fs. 473 a 477 vta., que declaró sin lugar a la demanda; Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandado, fue resuelto por Auto de Vista No. 142/2016 de 29 de septiembre, cursante de fs. 506 a 509 vta., que confirmó totalmente la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Hans Peter Byren Johansson a través de su representante Oscar Castro, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
- Partes: Hans Peter Byren Johansson c/ Rosa Arce Vargas
- Proceso: Ordinario sobre usucapión extraordinario
- Distrito: Tarija
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
