II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso que cursa de fs. 515 a 518, interpuesto por Hans Peter Byren Johansson a través de su representante Oscar Castro, se desprende que, describiendo la relación de los hechos, entre otras acusa, la violación del art.87 parágrafo II del Código Civil, toda vez que el Tribunal de Alzada habría realizado una incorrecta valoración de la prueba al llegar a la conclusión de que los demandantes no han demostrado encontrarse en el inmueble en posesión pública, pacífica y continuada durante diez años, asimismo acusa la violación del art. 93 del Código Civil por cuanto el Ad quem no habría valorado la prueba testifical, así también denuncia haberse vulnerado el principio de congruencia y de fundamentación, porque no se habría pronunciado sobre los extremos del recurso de apelación, peticionando porque se case el Auto de Vista recurrido y en el fondo revoque la Sentencia y declare probada la demanda o en su defecto anule obrados hasta que se dicte nueva Sentencia, por lo que se advierte que el mismo cumple con la exigencia establecida en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil
De la revisión del recurso que cursa de fs. 515 a 518, interpuesto por Hans Peter Byren Johansson a través de su representante Oscar Castro, se desprende que, describiendo la relación de los hechos, entre otras acusa, la violación del art.87 parágrafo II del Código Civil, toda vez que el Tribunal de Alzada habría realizado una incorrecta valoración de la prueba al llegar a la conclusión de que los demandantes no han demostrado encontrarse en el inmueble en posesión pública, pacífica y continuada durante diez años, asimismo acusa la violación del art. 93 del Código Civil por cuanto el Ad quem no habría valorado la prueba testifical, así también denuncia haberse vulnerado el principio de congruencia y de fundamentación, porque no se habría pronunciado sobre los extremos del recurso de apelación, peticionando porque se case el Auto de Vista recurrido y en el fondo revoque la Sentencia y declare probada la demanda o en su defecto anule obrados hasta que se dicte nueva Sentencia, por lo que se advierte que el mismo cumple con la exigencia establecida en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil
- Partes: Hans Peter Byren Johansson c/ Rosa Arce Vargas
- Proceso: Ordinario sobre usucapión extraordinario
- Distrito: Tarija
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
