Auto Supremo AS/0131/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2017-RA

Fecha: 07-Feb-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

VISTOS: El recurso de casación de fs. 239 a 244, interpuesto por Justina Arciénega Plaza contra el Auto de Vista S.C.C.FAM II Nº 503/2016 de 01 de diciembre de 2016 cursante de fs. 233 a 234, pronunciado por la Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso de Nulidad de Documento seguido por Justina Arciénega Plaza en contra de Elfry Verónica Ríos Arciénega, la concesión de fs. 251, los antecedentes del proceso, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 101/2016 de fecha 03 de junio de 2016, cursante de fs. 182 a 187, que declaró IMPROBADA la demanda de fs. 18 a 22 presentado por Justina Arciénega Plaza en contra de Elfry Verónica Ríos Arciénega e IMPROBADA la demanda reconvencional de acción negatoria interpuesta por Elfry Verónica Ríos Arciénega en contra de Justina Arciénega Plaza, sin costas al tratarse de procesos dobles; Resolución de primera instancia que al ser apelada por la parte demandante, fue resuelto por Auto de Vista S.C.C.FAM II Nº 503/2016 de 01 de diciembre de 2016 cursante de fs. 233 a 234, que confirma la Sentencia impugnada; fallo de segunda instancia que fue recurrida de casación por la referida demandante, que es objeto de análisis de la presente Resolución en relación a los requisitos de admisibilidad