Que, al presente, estando en plena vigencia el nuevo Código Procesal Civil, Ley Nº 439
Que, al presente, estando en plena vigencia el nuevo Código Procesal Civil, Ley Nº 439 de 19 de noviembre de 2013, desde el 6 de febrero de 2016, aplicando lo establecido en el art. 277.I del nuevo Código Procesal Civil, corresponde en este estado del proceso, realizar el examen de admisibilidad, respecto al recurso de casación interpuesto de fs. 56 a 63 del expediente
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I: Que, el Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado
- Que, al presente, estando en plena vigencia el nuevo Código Procesal Civil, Ley Nº 439
- CONSIDERANDO II: Que, en el caso del presente proceso, habiendo sido revisado el recurso de
- Que, al efecto del recurso formulado, se verifica que el mismo fue interpuesto dentro del
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
