Auto Supremo AS/0324/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0324/2017-RA

Fecha: 29-Mar-2017

II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación


II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:

De la revisión del recurso de casación de fs. 927 a 942 vta., interpuesto por el Consejo de Administración del Colegio Loreto Ltda. (CECOL) a través de su representante Patricia Estela Camacho de Halkyer, se desprende que, haciendo una relación de los hechos, entre otras, denuncia que el Auto de Vista recurrido, no se habría pronunciado sobre la apelación diferida concedida a fs. 240, que se encontraría contenida en la primera parte de su recurso de apelación, por lo que se habría infringido los arts. 236, 188 inc. 1), 254 inc. 4) del Código de Procedimiento Civil y arts. 265 parág. I) y 271 parág. II) de la Ley 439, peticionando por que se anule el Auto de Vista recurrido, o en su defecto se case la referida resolución impugnada y se declare probada su demanda, por lo que se advierte que el mismo cumple con la exigencia establecida en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil