Que, con el Auto de Vista Nº RES
Que, con el Auto de Vista Nº RES. AV. Nº 10682016 S.S.A II de 18 de noviembre de 2016, de fs. 432 a 435 Rafael Andrés Tapia Gutiérrez en representación de la empresa Fasst Car Service, fue notificado el 10 de enero de 2017, conforme consta a fs. 436, interponiendo el recurso de casación en el fondo el 18 de enero del mismo año, conforme consta en el cargo de fs. 444 vta., en el plazo establecido por Ley, para el caso de autos, de conformidad al art. 210 del CPT y art. 90 en sus parágrafos I, II y III del NCPC, aplicable con la permisibilidad establecida en el art. 252 del CPT; lo que conlleva a determinar, que el recurso de casación ha cumplido los requisitos exigidos en el art. 274 del NCPC, examen efectuado conforme el art. 277.I del mismo cuerpo legal, determinándose en consecuencia su admisibilidad
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y la forma de fs
- CONSIDERANDO II
- Que, con el Auto de Vista Nº RES
- Por consiguiente, cumplidos los requisitos establecidos para la admisibilidad del recurso, procédase a la admisión
- La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
