En ese marco, la Sentencia 21/2016 de 2 de abril, emitida por la Sala Contenciosa
En ese marco, la Sentencia 21/2016 de 2 de abril, emitida por la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera, estableció que “… si bien por disposición legal, tanto la autoridad tributaria como el sujeto pasivo a través del derecho de impugnación pueden cuestionar los actos de la administración que le sean gravosos a fin de lograr el restablecimiento de los derechos lesionados con la interposición precisamente del proceso contencioso administrativo en el que la autoridad jurisdiccional ejerce el control de legalidad, oportunidad, conveniencia o inconveniencia de los actos realizados en sede administrativa. Sin embargo para que ello ocurra, resulta fundamental que quien demanda en la vía jurisdiccional, en virtud al principio de congruencia cuestione el contenido de la Resolución Jerárquica motivo del control de legalidad, apoyándose en los aspectos que emerjan de los actos administrativos así como el contenido de la Resolución del Recurso de Alzada, y no en base a otros elementos o antecedentes que no fueron cuestionados en la instancia jerárquica, lo que representa una irregularidad procesal, pero que además impide que la autoridad jurisdiccional en base a estos antecedentes o denuncias ajenas a la resolución impugnada, pueda revisar la resolución objeto de la demanda…” (las negrillas y el subrayado son nuestros)
- VISTOS: la Demanda Contenciosa Administrativa (fs
- Que, por su parte la Jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia sentó línea uniforme al
- Que, en el caso de autos es necesario establecer que la norma específica para su
- En ese marco, la Sentencia 21/2016 de 2 de abril, emitida por la Sala Contenciosa
- En el caso de Autos, corresponde que se agote la vía administrativa, interponiendo el Recurso
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Por Secretaría de Sala procédase a la devolución de antecedentes al Distrito de Origen
- Regístrese comuníquese y cúmplase
- Firmado
