Que, en mérito del análisis precedente, aplicando lo establecido en el art
Que, en mérito del análisis precedente, aplicando lo establecido en el art. 277.I del nuevo Código Procesal Civil, corresponde en este estado del proceso realizar el examen de admisibilidad, respecto al recurso de casación interpuesto de fs. 55 a 57 y vta., del expediente
- Sucre, 17 de mayo de 2017
- Distrito: Oruro
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO I: Que, el Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado
- Que, al presente, estando en plena vigencia el nuevo Código Procesal Civil, Ley N° 439
- Que, en mérito del análisis precedente, aplicando lo establecido en el art
- CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisando el recurso interpuesto por Edgar Rafael Bazán
- Que, de la revisión del recurso formulado, se verifica que el mismo fue planteado dentro
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
