Que, con el Auto de Vista Nº 06/2017, de 19 de enero de 2017, cursante
Que, con el Auto de Vista Nº 06/2017, de 19 de enero de 2017, cursante de fs. 342 a 344, el recurrente fue notificado el 20 de marzo de 2017, conforme consta en la diligencia de notificación de fs. 345, interponiendo el recurso de casación el 30 de marzo de 2017, conforme consta del timbre electrónico cursante a fs.348, es decir, en el plazo establecido en el art. 273 del NCPC; lo que conlleva a determinar, que el recurso de casación ha cumplido los requisitos exigidos en el art. 274 del NCPC, examen efectuado conforme el art. 277.I del mismo cuerpo legal
- CONSIDERANDO I
- En esta materia se tiene una norma adjetiva específica, el Reglamento al Código de Seguridad
- Que, el recurso de casación en el fondo de fs
- Que, con el Auto de Vista Nº 06/2017, de 19 de enero de 2017, cursante
- Por consiguiente, cumplidos los requisitos establecidos para la admisibilidad del recurso, procédase a la admisión
- La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con
- Firmado
