Auto Supremo AS/0287/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0287/2017-RA

Fecha: 29-May-2017

De igual manera por memorial de fs. 46 a 49, se alega lo siguiente


De igual manera por memorial de fs. 46 a 49, se alega lo siguiente:

Haciendo referencia a sus motivos de apelación restringida alega que el Auto de Vista recurrido en su Considerando I, a tiempo de pronunciarse a sus agravios, no hubiese considerado que fue denunciado y acusado por violación, y sin embargo fue condenado por un delito diferente, además que toda la prueba aportada por el Ministerio Público versaba justamente contra el delito acusado, incurriendo además en una inadecuada valoración probatoria al no existir testigo alguno que acredite su autoría, situación que contradice los Autos Supremos 51/2013 de 25 de febrero, 73/2013 de 20 de marzo, 145/2013 RRC de 28 de mayo y 131 de 31 de enero de 2007

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP