b)Contra la referida Sentencia, Felipa Escalante Ortega en representación legal del Consejo de la Magistratura
b)Contra la referida Sentencia, Felipa Escalante Ortega en representación legal del Consejo de la Magistratura de Tarija (fs. 2742 a 2744 vta.), interpuso recurso de apelación restringida, a la que se adhirió el imputado Willy Jesús Ruiz Domínguez (fs. 2753 a 2755 vta.), que fueron resueltos por Auto de Vista 35/2016 de 17 de noviembre, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró sin lugar el recurso planteado y la adhesión; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 13 de enero de 2017, cursante de fs
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la referida Sentencia, Felipa Escalante Ortega en representación legal del Consejo de la Magistratura
- c)Por diligencia de 6 de enero de 2017 (fs
- II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Por otro lado, con relación al delito de Concusión, se demostró plenamente dentro del
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- De la revisión de antecedentes, se tiene que la parte recurrente fue notificada con el
- A efectos de verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad previstos en la
- jurisprudencia, incumpliendo la carga procesal prevista en los arts
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
